DEUDA CON LA CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL POR TRABAJADOR INDEPENDIENTE
Por Bufete Zúñiga Castro & Asociados
Carolina Zúñiga Castro
25 de Junio 2023
A partir del 8 de mayo del 2023, entro en vigencia la Ley de Trabajador independiente N 21. 434 , en su artículo 2 menciona textualmente “ sus sanciones prescribirá en un plazo de cuatro años…” , sin embargo, existen excepciones a aquellos trabajadores que presentaren declaraciones que sean calificadas como fraudulentas, ya que se mantendrá la prescripción a diez años.
Cabe destacar que la CCSS cuenta con seis meses, después de la publicación de la Ley 21. 434, para la creción del reglamento de su ley, la cual debe de indicar los parametros a seguir a la hora de realizar dicha prescripción por parte el cotizante.
Así mismo se indica que, para los trabajadores que no se han inscrito en la Caja Costarricense del Seguro Social, durante los primero veinticuatro meses desde la entrada en vigor de la Ley, se aplicará una prescripción de cuatro años para las deudas que surgieron antes y durante este período.
La prescripción debe de realizarse en sede administrativa por el contribuyente. Para la elaboración del documento se requiere del estudio realizado por la Caja Costarricense del Seguro Social, que certifique la deuda que el cotizante mantiene con la Caja Costarricense del Seguro Social en la Dirección de Cobros, la misma se puede solicitar al correo electrónico coinccss@ccss.sa.cr y al correo gf_dc_agcp_scap@ccss.sa.cr ó bien de manera presencial en la sede de la Caja Costarricense del Seguro Social más cercana.
Por último, si desea saber cuánto es lo adeudado al día de hoy puede consultarlo en la siguiente página: https://sfa.ccss.sa.cr/moroso/VerificaCatcha.do
Puede contactarnos para realizar el estudio de su caso al correo electrónico czuniga@zcabogadoscr.com
Carolina Zúñiga Castro
Asistente legal
Socia